A pesar de haberse sancionado la ley de firma digital a fines de 2001, y reglamentado un año después, recién ahora se pone en marcha. Los organismos que certificarán el sistema son la AFIP y la ANSeS.
La firma digital es el sistema por el cual se certifica la autenticidad de autoría de un documento electrónico enviado en línea, como ser declaraciones juradas, pagos, contratos, etc.
La tecnología se basa en un programa informático que genera extensos códigos encriptados por lo cual se garantiza la identidad de su creador, y el hecho de que el documento no ha sufrido modificaciones por parte de terceros.
El objeto de la firma digital es la “despapelización” de las operaciones y dotar de garantías a las transacciones realizadas vía correo electrónico, como ya está siendo cada vez más común. De esta manera, un documento enviado por mail tendrá el mismo valor legal que los de papel. Las ventajas son la integridad, autoría y fidelidad del documento, como asimismo abaratamiento de costos, tiempo y prueba ante la justicia.
Sin embargo, la firma digital no estará disponible para todos. Ya que en principio accederían al beneficio y se otorgarían certificados a los funcionarios, usuarios, beneficiarios de la seguridad social, entidades bancarias y las mutuales, explicó el gerente general de ANSeS, Pablo Fontdevila.
Finalmente, tanto la AFIP como la ANSeS se encuentran habilitadas a efectos de poner en marcha el sistema de firma digital. Luego de más de seis años, la presidenta lo estaría anunciando próximamente. Tarde pero ¿seguro?
Constanza Paulos












